enero 02, 2017
Pese a la obligatoriedad de utilizar Lexnet para comunicarse con los Juzgados Civiles desde el 01/01/2016, un año más tarde, lamentablemente, algunos Juzgados siguen exigiendo que, además de presentar los escritos de forma telemática, se les aporten dos copias en papel, una para su expediente físico (¿?) y otra para notificar al demandado, tal y como podemos ver en la fotografía siguiente, de la que hemos tachado los datos personales e incluso los del Juzgado por considerar que no son precisos para entender el problema.
Lo cierto es que mientras que no resulta admisible que el Juzgado se empeñe en formar expedientes físicos en carpetas, porque precisamente esta es una de las cosas que pretende evitar la normativa de la digitalización de la oficina judicial, no lo es menos que la única parte de la oficina judicial digital que está funcionando, y mal, es el sistema de notificaciones lexnet, pero no lo está haciendo la oficina digital en si misma, porque no hay un sistema digital eficaz al que puedan entrar los empleados de la oficina judicial y las partes para tener acceso íntegro a todo el expediente, ni los ordenadores a disposición de los órganos judiciales están a la altura de las necesidades, ni lo están los servidores ni las conexiones de internet.
Además, en lo que el juzgado tiene toda la razón es en afirmar que necesita una copia en papel para notificar a la parte demandada, ¿Cómo va a notificarle por correo postal la existencia de la demanda si no es papel?
Se sabe que se quiere que los Juzgados notifiquen las demandas a las empresas en la DEH, la dirección electrónica habilitada, ese buzón digital al que se accede a través de la página web https://notificaciones.060.es y que ya viene utilizando la Agencia Tributaria para notificar a las empresas requerimientos y citaciones de toda índole. Sin duda será un gran paso en uno de los principales problemas que tiene la Justicia Española: notificar a los que no quieren ser notificados.
Sería deseable que ese esquema de dirección electrónica obligatoria se acabara imponiendo también a las personas físicas, como requisito sin el cual los graves problemas de funcionamiento de la Administración de Justicia no se resolverán nunca. Claro está que para eso falta aún mucho y la oposición será fortísima porque aún hay muchas personas que no quieren ser localizadas por el juzgado.
Mientras tanto, los profesionales del derecho nos vemos obligados a hacer el trabajo dos veces: Primero hemos de presentar las demandas por Lexnet (con el engorro que ello supone, porque el sistema es todo menos rápido, cómodo e intuitivo) y luego hemos de aportar copias en papel.
© Natalio López Valenzuela
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